Por Claude Lara Brozzesi (CREAR GRAFICA, Quito, 2007)
«La vraie vie, la vie enfin découverte et éclaircie, la seule vie par conséquent vécue, c’est la littérature». (Marcel Proust, Le Temps Retrouvé).
(La verdadera vida, la vida al fin descubierta y esclarecida, por consiguiente, la única vida vivida, es la literatura. Marcel Proust)

En 1984, al redactar mi memoria de Derecho internacional público sobre «El Territorialismo Marítimo en el Derecho Internacional del Mar», en la Universidad de París X Nanterre, nunca me imaginaba que al investigar y escribir sobre la «Declaración sobre Zona Marítima» este texto ocuparía tanto mis inquietudes sobre el Derecho internacional del mar (1). En efecto, después de vientitrés años de estudio y enseñanza (2), en estos últimos meses, resolví escribir este breve ensayo sobre el Ecuador y la Declaración sobre Zona Marítima, en conmemoración a los 55 años de su negociación y redacción (1952-2007).Lo fascinante de este texto es su aspecto revolucionario. En pocas palabras: cambió la geografía del Ecuador -somo un país dominantemente marítimo de 1.351.816,2 km2 de superficie, 256.370 son terrestres y 1.095.446,2 km2 marinos-; marcó un hito en nuestra diplomacia marítima (3), al codificar con claridad el establecimiento de una Zona Marítima de 200 millas, delimitadas a traves del método del paralelo, en donde el país ejerce su «soberanía y jurisdicción exclusivas»; creó una ideología nueva, el derecho del desarrollo de los recursos vivos y no vivos en beneficio de los pueblos como base del nuevo Derecho internacional del mar, piedra angular del territorialismo y, finalmente, fundó el Sistema Marítimo del Pacífico Sudeste.

Puede sorprender al lector la cantidad de documentos anexados a este estudio, pero la mayor parte de ellos son inéditos o desconocidos (4). Ponemos énfasis en la reproducción de las actas de las sesiones de la «Primera Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur», de agosto de 1952, así como las notas de nuestros brillantes representantes: Jorge Fernández Salazar y Carlos Puig Vilazar sobre esta histórica Conferencia.

Este ensayo y esa nueva documentación ilustran esta afirmación:

«De allí que frente a la Declaración de Santiago, ninguna de las poteriores formulaciones latinoamericanas llegó a superar su mensaje político, su novedad jurídica y su capacidad de movilización de opinión y de actividad» (5).

NOTAS

(1) El Territorialismo Marítimo Latinoamericano en el Derecho Internacional del Mar; págs. 61-96.
La Doctrina Latinoamericana y el Sistema Marítimo del Pacífico Sudeste; págs. 154-230.
«Contribución crítica sobre la interpretación jurídica de la Declaración de Santiago»; págs. 1-43 y versión electrónica
«45 años de la Declaración de Santiago, reflexiones sobre la posición territorialista»; págs. 89-108.
Disco compacto: «Delimitación marítima entre Ecuador y Perú», 2007.

(2) Instituto Superior de Postgrado en Ciencias Internacionale de la Universidad Central del Ecuador, la Universidad San Francisco de Quito y la Academia Diplomática del Ecuador.

(3) «La defensa del mar y el nacimiento de la diplomacia marítima del Ecuador». Revista PODIUM n.8; págs. 68-76. Versión electrónica: www.mmrree.gov.ec/mre/documentos/ministerio/declaraciones/diplo marina.pdf

(4) Deseo dejar constancia de mis agradecimientos al doctor Pablo Núñez, Director del Archivo Histórico Alfredo Pareja Diezcanseco del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador por su permanente colaboración, a mi padre, el doctor A. Darío Lara, por la revisión de este estudio, a la Comisión Nacional Permanente de Conmemoraciones Cívicas de la Presidencia de la República por la publicación de esa obra, a Rafael Gómez por el diseño de la portada de esta publicación, y a los exCancilleres: Jorge Salvador Lara y Luis Valencia Rodríguez por la calidad de sus prólogos.

(5) Juan Miguel Bákula El Dominio Marítimo del Perú; pág. 40

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